Vía libre a entrenamientos de la equitación en Colombia

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El Gobierno Nacional autorizó este jueves el reinicio de los entrenamientos de los deportes ecuestres en el país, debido a que el Aislamiento Preventivo Obligatorio y la quietud de los caballos les ha generado enfermedades que pueden derivar en su muerte.
La decisión se tomó en coordinación entre los ministerios del Deporte, Agricultura y Salud, con el fin de preservar y cumplir con los protocolos de bioseguridad frente al covid-19.
El Ministro del Deporte, Ernesto Lucena confirmó que, de acuerdo con los informes de la Federación Ecuestre, los caballos están presentando altos niveles del llamado síndrome abdominal agudo o cólico equino, dolencia que puede provocar incluso la muerte de los ejemplares, debido a la inactividad que han tenido durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El titular de la cartera indicó que los agentes del sector han informado de la situación a través de los reportes de los médicos veterinarios de la Clínica Equinos, que dan cuenta del incremento del 50% del síndrome Abdominal Agudo (SSA), por la inactividad generada, ya que los jinetes y montadores no estaban exceptuados del aislamiento.  Por tanto, no habían podido ir a entrenar.
El Síndrome Abdominal Agudo se puede presentar cuando, por la falta de ejercicio, el animal deja de consumir el agua necesaria que va a permitir que la cantidad de alimento fibroso de baja digestibilidad que consume se reseque y se impacte, o que también se produzca por el consumo de concentrado altamente fermentable. Esto provoca inapetencia, dolor abdominal intenso y en ocasiones la muerte, por lo que la actividad física de animal es necesaria para la correcta movilidad intestinal.
Por otro lado, el caballo, al encontrarse en encierro y aislamiento permanente, produce altos niveles de estrés que lo llevan a exteriorizar conductas no deseadas, denominadas comúnmente como vicios de pesebrera. Uno de estos vicios es la aerofagia, afección que repercute directamente en la salud del animal, ya que se genera una importante dilatación del estómago y el intestino debido a los cambios morfológicos que sufre.
De manera general, la falta de ejercicio repercute negativamente en los diferentes sistemas del cuerpo del animal al generar alteraciones fisiológicas y anatómicas.
Por esto, el Ministro Lucena aseguró que se apeló a la excepción prevista en el numeral 10 del artículo 3 del Decreto 749 de 2020, en el que se permite la circulación de las personas que realicen actividades relacionadas con el mantenimiento de la sanidad, protección y bienestar animal, en este caso los caballos de los deportes de equitación.
Aclaró, además, que la movilidad de los jinetes y montadores únicamente se autorizará para que puedan ejercitar a sus caballos con el fin de procurar su salud y bienestar, de manera que no podrán emplearse estos animales con fines propios de ferias, festivales, exposiciones, exhibiciones, competencia entrenamiento deportivo o cualquier tipo de actividad o concentración.
La realización de la actividad autorizada deberá acoger todas las orientaciones dadas por el Gobierno Nacional para el control de la emergencia Sanitaria, Económica, Social y Ecológica dictada en todo el territorio nacional, concluyó el Ministro Lucena.

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