Edumag pide que docentes provisionales sean reubicados en otra plaza en el Magdalena

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Los educadores del Magdalena, se encuentran viviendo una complicación por la actual falta de trabajos a aquellos que ganaron el concurso de docentes. Desde el Sindicato de Trabajadores de la Educación del Magdalena, compartieron un comunicado solicitando apoyo de la administración departamental.

Ante esto los educadores exigen que los docentes provisionales que no lograron superar el concurso sean reubicados en otra plaza dentro o fuera del municipio donde venían laborando, garantizando de esta forma el derecho al trabajo, siempre y cuando existan vacantes definitivas al momento de la desvinculación.

Así mismo, los docentes solicitaron la creación de un equipo interdisciplinario, con el objeto de consensuar la situación de docentes y directivos docentes provisionales que no superaron el concurso de méritos, instalada el pasado 16 de febrero de los corrientes, integrados por delegados de la Gobernación y miembros de la junta

De igual manera los últimos acuerdos suscritos con el Ministerio de Educación Nacional y las mesas técnicas realizadas con Fecode, con la participación de docentes provisionales de Colombia.

También mencionaron que como gremio conocen sus derechos y exigen garantías para cumplir con los siguientes lineamientos.

Explicando, que actualmente la capital del Magdalena tiene alrededor de 1.200 docentes y directivos docentes en provisionalidad, ubicados en zonas rurales y no rurales, que pueden verse afectados.

Padre cabeza de familia: Según la Corte Constitucional, la condición de padre o madre cabeza de familia se acredita cuando la persona (i) tiene la responsabilidad permanente de hijos menores o personas incapacitadas para trabajar, (ii) no cuenta con la ayuda de otros miembros de la familia y (iii) su pareja murió, está ausente de manera permanente o abandonó el hogar y se demuestra que esta se sustrae del cumplimiento de sus obligaciones, o (iv) cuando su pareja se encuentre presente pero no asuma la responsabilidad que le corresponde por motivos como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental.

Mujer en estado de embarazo: La Corte Constitucional ha precisado una serie de condiciones a acreditar la procedencia del amparo constitucional de la estabilidad laboral reforzada de la mujer gestante. Cuando exista una relación laboral, sin importar cuál sea la forma laboral estipulada o pactada, pública o privada, la mujer embarazada o lactante, tiene derecho a una estabilidad laboral reforzada como consecuencia del principio de igualdad; lo que se traduce en que su relación laboral no pueda suspenderse ni terminarse abruptamente.

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