Atesa responde a la alcaldesa Virna Johnson sobre supuestas fallas en prestación del servicio

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En oficio dirigido al despacho de la alcaldesa Virna Johnson, Atesa desvirtuó las supuestas fallas en el desarrollo de la operación de recolección y barrido en ciertos sectores de Santa Marta, tal como lo expresó públicamente la mandataria a través de un video publicado en sus redes sociales.
En dicha comunicación, Atesa dejó muy claro que Durante la temporada de fin de año se prestó el servicio de aseo con completa normalidad, atendiendo todos los eventos que fueron programados por los diferentes gremios, así como la administración Distrital y la Gobernación, incrementando las acciones operativas en el sector turístico con recolección y barrido diario.
“En el proceso operativo se reforzó nuestro personal y se atendieron los sectores con total normalidad en la temporada de fin de año incluyendo el Puente de Reyes, para cumplir con los requerimiento en las zonas turísticas de mayor influencia como el Rodadero, Bahía de Santa Marta, Playa de los Cocos, Bello Horizonte y la Ensenada de Taganga, en donde se reforzaron las actividades con 74 operarios de barrido, los cuales fueron distribuidos durante las 24 horas del día en tres turnos de 8 horas, atendiendo 1776 kilómetros de barrido de playas y manuales”, señaló Atesa en su respuesta.
Para el caso de las vías principales y avenidas de la ciudad, fueron reforzadas con barrido mecánico nocturno, con el fin de mantener estos lugares limpios y no afectar la movilidad de la ciudad. Durante la ejecución de las actividades de barrido mecánico se cubrieron un total de 840 kilómetros en las avenidas del Libertador, la 22, Del Ferrocarril, entre otras arterías de la capital del Magdalena. Atesa también reforzó el barrido de playas, cubriendo 1538 kilómetros, lo cual garantizó mantener estos espacios limpios y libres de residuos y ofreciendo al turista una buena imagen de la ciudad.
La carta dirigida a la alcaldesa Johnson recalcó que en el proceso de recolección de residuos en los sectores turísticos, se incrementaron las frecuencias de atención a los sectores hoteleros y comerciales, a diario, recolectando un total de 480 toneladas, mediante la utilización de 3 equipos compactadores con capacidad de 15 toneladas para la recolección domiciliaria, comercial y grandes generadores; se incluyó equipo adicional conformado por dos volquetas con capacidad de 12 toneladas cada una, para transportar residuos especiales como podas, materiales voluminosos, entre otros.

“Para evaluar la atención del servicio se realizó una consulta con los diferentes gremios con el fin de establecer un balance de la temporada y no se presentaron ningún tipo de quejas o inconvenientes por parte de estos, además se verificó nuestro sistema de PQR y durante la temporada de fin de año no se registraron quejas en cuanto a la prestación del servicio” señala el documento firmado por el ingeniero Rafael Meneses Vega en su calidad de representante legal de Atesa.

Atesa responde a publicaciones realizadas en algunos medios de comunicación

Sobre la publicación de la Revista Semana en la que se muestran imágenes del centro histórico de la ciudad con gran presencia de desechos, se pudo establecer que corresponden a situaciones generadas por la inadecuada presentación de residuos realizadas por comerciantes informales y la posterior manipulación del contenido de contenedores y canecas, las cuales son vaciadas por personas en condición de calle, quienes hurgan en el interior de estos elementos, para extraer material aprovechable, dejando tiradas las bolsas con residuos que luego son esparcidos por acción del viento o rasgadas por animales callejeros en busca de comida.

“En el centro histórico de Santa Marta se presta el servicio público de aseo durante las 24 horas del día, tanto en las actividades de recolección y barrido como está establecido en el plan operativo en el cual se encuentran claramente delineadas las frecuencias y horarios de prestación del servicio en el Distrito de Santa Marta, por lo tanto, es importante recordar que se hace necesaria la presencia de las autoridades para evitar que contenedores y canecas sean manipulados por personas en condición de calle y que algunos comerciantes presenten sus residuos en los horarios de las rutas de recolección”, recalcó Rafael Meneses Vega, representante legal de Atesa.

Atesa reitera que es competencia de las autoridades darle cumplimiento a lo establecido en el Código Nacional de Policía, en materia de malas prácticas y manipulación de los residuos sólidos por parte de personas ajenas a los operadores, recalcando lo establecido en varios de los artículos:

Artículo 94. Comportamientos relacionados con la salud pública que afectan la actividad económica. Los siguientes comportamientos relacionados con la salud pública afectan la actividad económica y por lo tanto no deben realizarse:

2. No separar en la fuente los residuos sólidos, ni depositarios selectivamente en un lugar destinado para tal efecto.
Artículo 100. Comportamientos contrarios a la preservación del agua. Los siguientes comportamientos son contrarios a la preservación del agua y por lo tanto no deben efectuarse:

2. Arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua.

Artículo 111. Comportamientos contrarios a la limpieza y recolección de residuos y escombros y malas prácticas habitacionales. Los siguientes I comportamientos son contrarios a la habitabilidad, limpieza y recolección de residuos y escombros y por lo tanto no deben efectuarse:
1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en sitio diferente al lugar de residencia o domicilio.
2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.
3. Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no acordados ni autorizados por autoridad competente.
4. Esparcir, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección.
5. Dejar las basuras esparcidas fuera de sus bolsas o contenedores una vez efectuado el reciclaje.
6. Disponer inadecuadamente de animales muertos no comestibles o partes de estos dentro de los residuos domésticos.
7. Dificultar de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros, sin perjuicio de la actividad que desarrollan las personas que se dedican al reciclaje.
8. Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
9. Propiciar o contratar el transporte de escombros en medios no aptos ni adecuados.
10. Improvisar e instalar, sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basuras.
11. Transportar escombros en medios no aptos ni adecuados.
12. No recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada.
13. Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier ”1 objeto, sustancia, residuo, escombros, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.
14. Permitir la presencia de vectores y/o no realizar las prácticas adecuadas para evitar la proliferación de los mismos en predios urbanos.
15. No permitir realizar campañas de salud pública para enfermedades transmitidas por vectores dentro de los predios mencionados en el anterior inciso.

Finalmente, Atesa expresa que previa publicación de estas noticias, nunca fue contactada por los medios, quebrantando el elemental principio rector del periodismo de consultar a las fuentes relacionadas con la situación que se está abordando.

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