Precisiones sobre las visitas de inspección vigilancia y control en salud

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El Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud precisaron el alcance de las visitas de inspección, vigilancia y control que realizan las Secretarías de Salud distrital y departamental a los prestadores de servicios, así como el contexto de la Resolución 1719 de 2022 en relación con las visitas de verificación.

La citada disposición amplía el plazo para realizar la autoevaluación de los servicios de salud y la actualización del portafolio, además de suspender la ejecución de visitas de verificación de las condiciones de habilitación.

El Ministerio precisó que la norma establece la suspensión de estas visitas a través de las cuales los entes territoriales (secretarías de salud departamental y distrital), verifican las condiciones de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores de servicios de salud: Instituciones Prestadoras de Salud -IPS-, entidades con objeto social diferente, profesionales independientes y transporte especial de pacientes.

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud, en su calidad de órgano de control, emitirá lineamientos a las direcciones territoriales de salud advirtiendo que las visitas de inspección, vigilancia y control deberán ceñirse a lo indicado en el alcance del objeto de esta para adoptar las medidas sanitarias de seguridad que sean pertinentes, en caso de que se evidencie un riesgo para la salud pública de la población.

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