Santa Marta, a la vanguardia con Ley que prohíbe el consumo de plásticos

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Santa Marta, una de las ciudades turísticas del país, quiere convertirse en el primer territorio libre de plástico y ser pionera en las prácticas de cuidado del medio ambiente en Colombia

La Alcaldesa Distrital, Virna Johnson, a través del Departamento Administrativo de Sostenibilidad Ambiental- Dadsq-, celebró la aprobación en el Congreso de la República, del proyecto de ley por medio del cual “se establecen medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones”.

Lo anterior, hace referencia a que, en el último debate en Senado de la República fue aprobado el proyecto de ley que busca reducir la producción de plásticos de un solo uso en el país, se prohíbe la fabricación, la comercialización y uso de este tipo de material, que deberá sustituirse por otros más sostenibles, una disposición de la cual Santa Marta es pionera, al ser la primera ciudad que expidió una norma contra el plástico de un solo uso y el icopor.

En atención a las directrices de la alcaldesa Virna Johnson, el Dadsa como máxima autoridad ambiental en el Distrito, bajo de la dirección de la ingeniera Sara Candanoza Cahuana, promueve el seguimiento a la Resolución 1017 del 2018 en aras de alcanzar las metas del Plan de Desarrollo Distrital 2020 – 2023 “Santa Marta, Corazón del Cambio”; que en su Eje Estratégico número 2, Santa Marta Biodiversa y Ambientalmente Sostenible, establece la prohibición del plástico de un solo uso en la ciudad.

EJEMPLO NACIONAL 

Santa Marta enamora a quienes la visitan gracias a sus paisajes, sus playas y montañas, cualidades que la hacen una de las ciudades más turísticas del país.

Siendo consciente de su riqueza y de la importancia de implementar acciones para solucionar y ganar la batalla ante los problemas ambientales, esta ciudad le apuesta a convertirse en la primera ciudad de Colombia en estar totalmente libre de plástico.

Una de las características más relevantes en este modelo de gobierno liderado desde el 2012 por el exalcalde de Santa Marta y actual gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, es que durante tres administraciones se ha logrado trascender del plano solamente de servicio público a la transformación de realidades locales con la participación comunitaria desde la institucionalización de políticas públicas en beneficio de toda la comunidad, por medio del cual, se protejan los intereses públicos como parte del patrimonio de la ciudadanía.

Como ejemplo de ello, dentro de los intereses públicos con mayor avance se evidencia en el sector ambiental, siendo el caso más relevante la expedición e implementación de la Resolución 1017 del 2018, por medio de la cual se prohíbe el consumo del plástico de un solo uso y el icopor, cuyo lanzamiento se hizo en la administración de Rafael Martínez, previo proceso de investigación y sustentación presentada por el Dadsa, en ese entonces bajo la dirección de Patricia Caicedo, quien desde su rol académico en temas ambientales y de política pública, consolidó a la ciudad de Santa Marta como el primer ente territorial del país en la lucha contra estos elementos contaminantes.

ASÍ SERÁ EL PROCESO 

Colombia aprobó la prohibición de plásticos de un solo uso a partir del año 2025 a través de un proceso gradual. El proyecto de ley fue aprobado en el Congreso este miércoles y para convertirse en ley faltaría la sanción presidencial.

El proyecto contempla que, a través de una política nacional liderada por el Ministerio de Ambiente, cuyo objeto principal será la reducción de la producción y consumo de productos plásticos de un solo uso, la industria tenga un plazo hasta 2025 para dejar de fabricar, importar, exportar, comercializar y distribuir plásticos de un solo uso.

En un primer momento, a partir del primero de enero de 2015 serán prohibidas principalmente: de las bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial; los soportes plásticos para las bombas de inflar; confeti, manteles y serpentinas; soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón; mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.

Así mismo, a partir de esta fecha será prohibido los empaques para la comercialización, al consumidor final, de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras.

En un segundo momento, a partir del primero de enero de 2026, quedarán prohibidas las bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada; también quedarán prohibidas las bolsas para llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.

Igualmente, a partir del 2016 en el país no se podrán utilizar los envases plásticos de un solo uso para contener líquidos no preenvasados; platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer; mezcladores y pitillos para bebidas; y envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados

En Colombia, según cifras más recientes, en el año 2019, se consumió 1,4 millones de toneladas de plástico, de los cuales sólo se recicló el 20 %. Argentina, Chile, Perú y Costa Rica se han sumado en América Latina a la prohibición de plásticos de un solo uso.

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