Por Rafael Nieto Loaiza
Mienten quienes sostienen que la Procuraduría violó la Constitución y la ley cuando suspendió a los alcaldes de Ibagué y Medellín. En Colombia, con la excepción de los miembros de las corporaciones públicas de elección popular, existe una restricción general para todos los funcionarios públicos de participar en política.
La Constitución y la ley dicen expresamente que la Procuraduría tiene la facultad de suspender, destituir e inhabilitar a gobernadores y alcaldes. Así las cosas, la Procuraduría no solo puede sino tiene la obligación de investigar disciplinariamente a los alcaldes cuando participen en política. En consecuencia, prevaricarían sus funcionarios si no lo hicieran. Y, por supuesto, pervierten el lenguaje con propósitos políticos tanto Petro como Quintero cuando sostienen que esa decisión fue un “golpe de Estado”. El ejercicio de una facultad constitucional y legal vigente por parte de una autoridad pública de ninguna manera puede entenderse como un golpe de Estado.