Un total de 5.220 vehículos de carga han normalizado o aclarado su matrícula

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Con fundamento en lo establecido en el Decreto 1079 de 2019, modificado entre otros por el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, el Ministerio de Transporte viene atendiendo las solicitudes de normalización del registro inicial de los vehículos de carga con omisión en la matrícula, a través del sistema RUNT. A la fecha 5.220 vehículos de carga han normalizado o aclarado su registro inicial.

Desde el 2017 a la fecha el Ministerio de Transporte ha identificado aproximadamente 17 mil vehículos con omisión en su registro inicial o matrícula. Cabe destacar, que los vehículos identificados con omisión representan el 1.2% del total del parque automotor de carga del país”.

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, manifestó: “Hacemos un llamado a los propietarios, poseedores y tenedores de los vehículos de carga, para que subsanen las omisiones presentadas en el registro inicial y de esta manera
acompañar al Gobierno en su compromiso con la legalidad y la transparencia. Además, para garantizar igualdad de condiciones en la prestación del servicio de transporte de carga, en la medida que todos los vehículos que lo presten hayan cumplido con los requisitos exigidos en el momento de su matrícula”

Por su parte, el viceministro de transporte Camilo Pabón Almanza, expresó: “Es con hechos y en equipo que le mostramos al país nuestras acciones, en enero se logró una cifra récord, con la normalización de la matrícula de 471 vehículos, el año pasado el promedio mensual fue de 79 automotores, lo que evidencia un mayor compromiso de los conductores hacia la legalidad”.

Datos para tener en cuenta

¿Qué se debe hacer para subsanar las omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de transporte público y particular de carga?

Para subsanar, los propietarios de los vehículos pueden utilizar alguno de los siguientes mecanismos:

1. Desintegrar otro vehículo de carga que cumpla con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015.
2. Cancelar el valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula del vehículo, debidamente actualizada a la fecha de la normalización.
3. Utilizar Certificados de Cumplimiento de Requisitos – CCR que no haya sido utilizado con anterioridad para la reposición de un vehículo de carga.

¿Hasta cuándo hay plazo para efectuar la normalización del registro inicial o matrícula de los vehículos de caga que tengan omisión?

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, la normalización del registro inicial de los vehículos de carga que tengan omisión en la matrícula debe hacerse a más tardar el 26 de febrero de 2023.

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