Normas que regulan el matrimonio de menores entre los 14 y 17 años son insuficientes para proteger sus derechos: Procuraduría

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La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, advirtió que las normas que regulan el matrimonio de menores entre los 14 y 17 años son insuficientes para desestimular las uniones precoces y forzadas, y señaló que es necesario que la Corte Constitucional exhorte al Congreso de la República a expedir una regulación integral que permita superar ese déficit de protección.

En concepto enviado al alto tribunal, la jefa del Ministerio Público precisó que si bien los apartes normativos demandados, en principio, no resultan contrarios a los postulados constitucionales y guardan coherencia con el ordenamiento jurídico, “lo cierto es que los mismos omiten incorporar una regulación de controles en lo relacionado con el matrimonio infantil, precoz y forzado y las uniones tempranas, lo que deviene en un déficit de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.

Señaló que el cumplimiento del único requisito existente en el caso del matrimonio, que es el consentimiento de los padres, y la naturaleza consensuada de la unión, no resultan suficientes para garantizar el catálogo de derechos fundamentales del menor de edad, ni minimiza los riesgos a los que resultan expuestos, razón por la cual el Congreso está en mora de expedir la normativa faltante en materia de matrimonio infantil y uniones tempranas.

“La Procuraduría considera que se requiere la adopción de políticas públicas para prevenir, erradicar y superar los efectos de tales uniones tempranas, las cuales van más allá de declarar la inexequibilidad de las normas positivas acusadas”, añadió la jefa del Ministerio Público.

Indicó que el Congreso tendrá que adelantar un proceso democrático, consultivo, participativo y deliberativo que, de una parte, atienda los estándares internacionales que materializan la protección a los derechos de los menores de edad y, de otra, de cabida a las tradiciones de comunidades étnicamente diferenciadas o religiosas, “para así erigir una política pública que incluya la promoción, divulgación y sensibilización requerida en torno a los embarazos de niñas y adolescentes, explotación sexual, trata de personas, violencia de género y otros fenómenos que surjan con ocasión de las uniones tempranas y las condiciones de vulnerabilidad que los afectan”.

Resaltó la necesidad de que el Congreso asuma el rol de regular a fondo los instrumentos legales necesarios para erradicar la violencia de género y los abusos que se puedan generar sobre los menores de edad, particularmente sobre la abolición del matrimonio infantil, precoz y forzado, garantizando la coherencia en el ordenamiento y los derechos reconocidos a los adolescentes.

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