Aprobados, en bloque, 110 artículos del Presupuesto General del 2022

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Aprobados, en bloque, 110 artículos del Presupuesto General del 2022.

Las comisiones económicas conjuntas del Congreso se dieron cita para el primer debate del proyecto del Presupuesto General de la Nación (PGN) de 2022, un articulado compuesto por 126 artículos, cuyo monto por $350,4 billones fue aprobado la semana pasada por las comisiones tercera y cuarta de Senado y Cámara.

Desde el Congreso se aprobó en principio un bloque de 110 artículos sin proposición, entre los cuales se incluyen algunos como el art. 1, que establece los montos del presupuesto de rentas y recursos de capital; el art. 3, con las disposiciones generales, y los art. entre el 4 y el 10, que corresponden al primer Capítulo del proyecto, referente a las rentas y recursos.

En el primer bloque también se aprobó el Capítulo II, que establece los gastos del presupuesto y está definido por los artículos entre el numeral 11 y el 26, y el Capítulo III, que define las disposiciones de las reservas presupuestales y las rentas por pagar, con los art. 27 al 29 y las vigencias futuras, en los art. 30 y 31.

También fueron aprobados en este bloque los art. 32, art. 33, art. 34, art. 35, art. 36, art. 37, art. 38, art. 39, art. 40, art. 41, art. 43, art. 45, art. 46, art. 47, art. 48, art. 49, art. 50, art. 52, art. 53, art. 54, art. 56, art. 57, art. 58, art. 59, art. 60, art. 61, art. 62, art. 63, art. 64, art. 65, art. 66, art. 67, art. 69, art. 71, art. 72, art. 73, art. 75, art. 76, art. 77, art. 79, art. 80, art. 81, art, 82, art. 83, art. 84, art. 85, art. 85, art, 86, art. 87, art. 88, art. 89, art. 90, art. 91, art. 92, art. 93, art. 95, art. 95, art. 96, art. 97, art. 98, art. 99, art. 100, art. 101, art. 102, art. 103, art. 105, art. 106, art. 110, art. 11, art. 112, art. 113, art. 114, art. 115, art. 116, art. 117, art. 119, art. 120, art. 121, art. 122 y art. 123.

De este modo quedo aprobado tan solo con el primer bloque el 87 % del articulado.

Posteriormente fueron aprobados los art. 2, art. 42, art. 51, art. 55, art. 68, art. 74, art. 104, art. 107, art. 109, art. 118 y el art. 124. Estos artículos fueron aprobados sin tener aval del Gobierno, pero quedaron como constancias para el siguente debate.

Entre estos se encuentra el art. 104, que permite el traslado exprés a Colpensiones para cerca de 19.000 personas que hayan cotizado como mínimo 750 semanas al Régimen de Prima Media. Esto solo aplicaría durante la vigencia de 2022.

Después de esa aprobación en bloque, también pasaron los artículos 70, 78 y 108, a pesar de las proposiciones para eliminarlos que presentó la congresista Aída Avella, de la Coalición Lista de la Decencia.

Esos artículos hablan sobre:

– Art. 70, que establece que los recursos remanentes recaudados por concepto de peajes del Invías podrán utilizarse en el mantenimiento de las vías en los departamentos de origen.
– Art. 78, que propone que los saldos de las cuentas corrientes o de ahorro que hayan permanecido inactivas por un período mayor a un año y no superen el valor equivalente a 322 UVR sean transferidos por las entidades financieras tenedoras a título de mutuo a la Nación.
– Art. 108, en el que el Gobierno Nacional, a través del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), podrá destinar recursos para la financiación o cofinanciación de los procesos catastrales con enfoque multipropósito a cargo de los municipios o distritos.

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