En Santa Marta, Tránsito hará controles para el uso del cinturón de seguridad

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En cumplimiento de las directrices emitidas por parte del Ministerio de Transporte, la Secretaría de Movilidad Sostenible en Santa Marta a través de los agentes del Tránsito Distrital empezará a exigir el uso del cinturón de seguridad a los pasajeros traseros.

Así lo confirmó José Rodríguez Mazenet, en su condición de secretario de Movilidad en el Distrito, quien recordó que el uso del cinturón de seguridad es de carácter obligatorio desde el año 2004 de acuerdo con lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito; Ley 769 de 2002 en su Artículo 82.

Vale señalar que la resolución 19200 de 2002 indica que: “A partir del año 2004 los vehículos fabricados, ensamblados o importados se les exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, con las características técnicas de fijación y anclaje contempladas en el artículo 2° del presente acto administrativo”

En cuanto a la sanción por el no uso del cinturón de seguridad en vehículos fabricados a partir del año 2004, la Resolución 3027 de 2010, Artículo 1° – C – C.06 Codificación de las Infracciones de Tránsito, indica que no utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004, al conductor y/o propietario de un vehículo automotor se le impondrá una sanción de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.

El Ministerio de Transporte aclara a la opinión pública que más que una simple norma, el uso del cinturón es el elemento que más vidas salva a la hora de un choque de alto impacto. Es necesario acatar las recomendaciones de uso de los elementos de seguridad que incorpora el fabricante para efectos de conseguir la máxima efectividad y protección.

 

 

 

 

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