Normas de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores son constitucionales: Procuraduría

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La Procuraduría General de la Nación conceptuó que la ‘Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores’, adoptada en Washington, EE.UU., el 15 de junio de 2015, así como la Ley 2055 de 2020 del Congreso de la República que aprobó ese instrumento, se ajustan a la Constitución.

En concepto enviado a la Corte Constitucional el Ministerio Público señaló que la Convención busca fomentar, promover y asegurar un trato digno y el pleno goce y ejercicio de los derechos de las personas mayores, lo que guarda armonía con nuestros postulados constitucionales.

El Ministerio Público precisó que las definiciones contempladas en la Convención se adaptan plenamente a la Carta Política, la cual exige del Estado la especial protección en la esfera pública y privada de esta población, y los desarrollos legales pertinentes en materia de prohibición de discriminación.

Respecto a los principios generales, la Procuraduría señaló “que no solo contribuyen a garantizar la protección del adulto mayor en diferentes ámbitos, sino que también aplican un enfoque diferencial y de género, con lo cual se ajustan plenamente a los mandatos constitucionales relacionados con la diversidad étnica y cultural de la nación, así como la protección especial de la mujer”.

Agregó que la normatividad estudiada reconoce el derecho a la vida y la dignidad en la vejez, así como consagra el deber estatal de adoptar las medidas necesarias para garantizarles su goce efectivo en igualdad de condiciones con otros sectores de la población, razón por la cual la norma bajo análisis no solo se adapta a los presupuestos constitucionales que exigen la protección y asistencia concurrente de las personas mayores por parte del Estado, la sociedad y la familia, sino que además los afianza mediante mecanismos como la toma de conciencia en materia de divulgación de la Convención y promoción de derechos.

Destacó que la Convención reconoce también el derecho a la privacidad y a la intimidad, en virtud del cual no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familiar o cualquier ámbito en el que se desenvuelvan, así como en su correspondencia y cualquier otro tipo de comunicación.

Igualmente, la Procuraduría señaló que el instrumento interamericano reconoce el derecho a la seguridad social de las personas mayores y se exige a los Estados Parte promover, progresivamente y dentro de los recursos disponibles, que estas perciban ingresos para poder llevar una vida digna.

El Ministerio Público concluyó que los derechos y deberes definidos en la Convención concuerdan con nuestros postulados constitucionales, en especial aquellos referidos a reconocer y respetar la dignidad y los derechos de todos los individuos, incluidos los mayores, y garantizar su goce efectivo, razón por la cual solicitó que las dos normas analizadas fueran declaradas constitucionales.

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