Contraloría halló detrimento por 2.767 millones en Gobernación del Magdalena

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Dentro del proceso auditor se determinaron tres hallazgos con incidencia fiscal, dos con incidencia sancionatorio y uno disciplinario.

Un presunto detrimento patrimonial por valor $2.767 millones de pesos encontró la Contraloría General del Magdalena, en el marco de la Auditoría Financiera y de gestión realizada a la gobernación del Magdalena, donde evidenció presuntos hallazgos con incidencia fiscal, disciplinario, sancionatorio y administrativo.

Un primer hallazgo fiscal por $2.052 millones 897 mil 958, se estableció en el contrato de adquisición de elementos de bioseguridad para la contención de la pandemia del Covid-19, donde evidenció un presunto sobre costo, al tiempo que dentro de la estructura de los documentos precontractuales se constató que no existen estudios técnicos y económicos que justifiquen el costo del contrato y las especificaciones precisas de los bienes adquiridos.

El segundo hallazgo fiscal se encontró al revisar un contrato cuyo objeto fue la prestación de servicios de apoyo logístico para la organización integral de actividades y eventos que dentro del marco institucional requiriera la gobernación del Magdalena, por valor de $562 millones 500 mil, en este contrato se percibió inconsistencias relacionadas con la ausencia de soportes que imposibilitan evaluar efectivamente la gestión de la ejecución contractual, y poder con ello verificar la correcta ejecución del objeto contratado.

Dentro de la ejecución solo se vislumbra diferentes álbumes fotográficos de actividades, pero en los distintos documentos que se aporta como ejecución del objeto contratado no se establecen los escenarios, lugares y fechas establecidas de las distintas actividades de logísticas conformes a las cuentas de cobros, por lo que, no se relaciona directamente con cada actividad cancelada.
Se constató que dentro de la carpeta contractual no se evidencia informe técnico de supervisión del contrato como lo establece expresamente la ley 1474 del 2011 (art. 83 y 84), en donde se evidencie un seguimiento técnico, jurídico y financiero que establezca el nivel de avance de ejecución, donde se vislumbre los distintos servicios prestados de manera detallada acorde a la inversión.

El tercer hallazgo fiscal por valor de $152 millones 306 mil 394, se evidenció en el contrato de prestación de servicios logísticos para atender las elecciones atípicas de alcalde y concejales del municipio de San Zenón, el día 30 de agosto de 2020.
Se encontró que no existe prueba de ejecución del mismo que demuestre el valor de la inversión cancelada por parte de la Gobernación del Magdalena suscrito mediante contrato 561-2020 por valor de $122 millones 500 mil con adición por valor de $29 millones 806 mil 394.

El órgano de control, pudo identificar que la Alcaldía de San Zenón Magdalena; suscribió el contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión No. 20.08.21. suscrito por la empresa Asociación de Gente Joven, por valor de $40 millones.

Los hallazgos con incidencia sancionatoria obedecen a las presuntas deficiencias en la rendición de la cuenta anual consolidada vigencia 2020, realizada por la Gobernación del Magdalena, la cual no fue presentada al tiempo que no se cumplió con los criterios establecidos en cuanto a contenido y calidad de la información.

Se evidenció que SIA Observa que es una plataforma WEB cuya funcionalidad principal es ofrecer a las entidades de control fiscal y a los sujetos vigilados, una herramienta de captura de información contractual y presupuestal para la toma decisiones oportuna y con carácter preventivo, la Gobernación del Magdalena presuntamente no viene diligenciando en debida forma con relación al cargue de la información en su ejecución y nivel de avance con su respectivo seguimiento tales como adición, prórroga, cesión, suspensión, reinicio, terminación, liquidación, tal como lo solicita la plataforma para efectos del cumplimiento de la información contractual del sujeto vigilado.

Entre tanto el hallazgo con Incidencia Disciplinaria fue en atención a la emergencia sanitaria decretada en Colombia como consecuencia de la pandemia que teniendo en cuenta el artículo 42 de la Ley 80 de 1993, la auditoría pudo evidenciar que existen contratos suscritos por la excepcionalidad de declaratoria de urgencia manifiesta y la Gobernación del Magdalena no le dio un estudio de legalidad sobre sus argumentos de declaratoria y pronunciamiento sobre la contratación suscrita por esta situación calamitosa.

 

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