Mujeres embarazadas son priorizadas en el Plan Nacional de Vacunación

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El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el Decreto 630 de 2021 para realizar nuevos ajustes al Plan Nacional de Vacunación (PNV), con el objetivo de seguir protegiendo a los más vulnerables.

Esta modificación se da con base en el Artículo 7 del Decreto 109 de 2021, que señala que aquellas condiciones de salud y ocupaciones de riesgo que presenten nueva evidencia científica podrán ser actualizadas para su priorización.

Teniendo en cuenta esto, el Comité Asesor consideró relevante priorizar nuevos grupos poblacionales con mayor evidencia de un riesgo más alto de complicaciones y muerte.

En este acto administrativo se señala que la última evidencia científica permite concluir que las vacunas contra el covid-19 son seguras y eficaces para mujeres en gestación y personas entre los 12 y los 15 años. Por esta razón, se asignarán dosis para estos sectores poblacionales, cuando la evidencia científica surta el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud para su aprobación.

Adicionalmente, en la Etapa 3 del PNV se incluirá a las personas de 12 a 49 años que padezcan las siguientes comorbilidades:

• Artritis reumatoide

• Lupus Eritematoso Sistémico 2

• Espondilitis Anquilosante

• Vasculitis

En otro de los ajustes que contempla el Decreto 630, se agrega al personal de la DIAN con funciones o adscritos a puestos de control aéreo, terrestre, marítimo y fluviales para realizar actividades de control de ingreso, traslado y salida de mercancía; al personal de la Dirección Nacional de Inteligencia que realice labores de campo en el desarrollo de sus funciones de inteligencia estratégica y contrainteligencia, y a los gestores sociales y el personal de las entidades públicas del nivel municipal, distrital, departamental y nacional que, en el desarrollo de sus funciones, realicen labores de campo relacionadas con la gestión policiva, diálogo social y atención a la población vulnerable.

Esta inclusión está sustentada en su alto riesgo de contagio por realizar trabajo de campo o con comunidades.

Finalmente, el acto permite vacunar, de manera prioritaria y previa a su viaje, a los deportistas y oficiales que representen al Estado colombiano en competencias deportivas internacionales; así como a las personas que sean designadas por el Gobierno Nacional para representar al Estado Colombiano ante otro país o ante organismos internacionales y las personas que deban salir del país dentro del programa de atención a testigos. Esto, independientemente de la etapa en la que se encuentre el PNV.

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