Ordenan a la Policía suspender temporalmente el arma no letal venom

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La decisión surgió luego que se demostrara que este lanzador múltiple eléctrico era usado sin ningún control en la capital del Cauca durante las protestas ciudadanas, además sin acreditar la preparación de los funcionarios de Policía para el manejo de estos dispositivos.

El juzgado décimo administrativo mixto de oralidad del circuito de Popayán le ordenó a la Policía Nacional no usar por el momento el lanzador múltiple eléctrico, denominado Venom, en la ciudad.

Mientras tanto, los integrantes de esta institución deberán elaborar un protocolo para usar dicho dispositivo desde plataformas, tales como vehículos terrestres o no tripulados; y no desde el suelo, así esté soportado sobre un trípode, a fin de evitar que sea disparado de forma directa sobre la humanidad de los ciudadanos que participan en el paro nacional.

También los únicos que deberán usar el Venom serán los integrantes el Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad, previa capacitación y acreditación para la manipulación y uso de esta arma no letal, como lo ordena la normativa en materia de Derechos Humanos y la legislación internacional en la materia.

Es que la decisión es producto de una tutela que instauraron los ciudadanos Maicol
Andrés Rodríguez Bolaños y Carlos Esteban Amaya Becerra contra la Policía, a raíz de las intervenciones del Esmad durante las múltiples y masivas marchas que se han adelantado en el marco del paro nacional.

“La Policía Metropolitana debe abstenerse del uso de armas letales durante el desarrollo de las manifestaciones pacíficas y en el evento de presentarse alteraciones de orden público, podría usar armas no letales, siempre teniendo en cuenta los principios de proporcionalidad, razonabilidad y necesidad, de conformidad con el Decreto 003 de 2021”, establece dicho juzgado al darle la razón a los dos jóvenes.

Es que, en la capital del Cauca, durante las intervenciones de la Policía, se ha evidenciado el uso excesivo de la fuerza por parte de los integrantes de esta institución.

De hecho, el pasado 28 de abril, el primer día del paro, el periodista judicial Francisco Calderón Cortés terminó impactado por una granada aturdidora lanzada por el Esmad, a pesar de gritar varias veces que era integrante de la prensa, como quedó registrado en video.

Luego, en las demás manifestaciones ciudadanas y enfrentamientos se empezó a usar constantemente dicho lanzador múltiple eléctrico, resultandos heridos varios jóvenes que participan en estas protestas por que fue usado desde el suelo y sin medir el grado de afectación a los ciudadanos.

“Ha causado tal impacto el uso desmedido del artefacto VENOM, que el director de la División de las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, en su cuenta oficial de Twitter, señaló de manera enfática que el lanzador de proyectiles múltiples que está usando la Policía de Colombia tiene efectos indiscriminados y, por ello, es inapropiado para ser usado en las manifestaciones pacíficas, e indicó que es un arma que fue usada de manera peligrosa en la ciudad de Popayán”,  expuso el operador judicial.

Además, en la decisión, se realiza un recuento de los momentos en que el Esmad ha usado el Venom. Uno ellos fueron cuando se presentaron los disturbios originados por el suicidio de una adolescente de 17 años de edad tras ser arrastrada, y posiblemente manoseada, por cuatro policías al ser capturada en medio de una manifestación.

“La víctima asegura que afirma que el 14 de mayo de 2021, se desarrollaban manifestaciones por el presunto abuso sexual de una mujer y nuevamente los agentes antidisturbios usan de manera desmedida el dispositivo Venom, circunstancia que nuevamente ocasionó el aumentó el riesgo de afectación a la vida e integridad física de manifestantes, además de generar pánico en la comunidad”, reza la decisión judicial.

Pero ese no fue el único momento donde fue usado el dispositivo eléctrico, que parece más un instrumento de guerra cuando en utilizado para dispersar a los manifestantes.

Para el juzgado, son más de diez eventos donde los policías recurrieron al Venom, cómo lograron demostrar los dos ciudadanos que buscan proteger con este mecanismo jurídico los derechos a la vida, y otros, de los manifestantes.

Por eso, retomando la normatividad sobre el uso de armas no letales y velando que estas sean usadas de forma correcta por parte de los integrantes de la Policía, el juzgado instó a la Policía a cumplir esas dos indicaciones para darle un uso correcto al lanzador múltiple eléctrico.

“Acreditado el cumplimento de las dos órdenes antecedentes, se podrá volver a utilizar el Venom en Popayán, pues solo así se podrá garantizar que el artefacto es no letal no solo por su denominación y clasificación sino también porque su uso así lo corrobora”, reza la sentencia.

Además, ordena al alcalde y la Personería supervisar y garantizar que el lanzador múltiple eléctrico no se usará en la ciudad de Popayán hasta tanto la Policía cumpla con la elaboración del protocolo y la capacitación a la que se hace referencia la providencia.

Una vez cumplida la orden en los estrictos términos dados en la providencia, el mandatario de los payaneses autorizará el levantamiento de la suspensión del uso del dispositivo Venom.

“Una vez el alcalde de Popayán determine que se puede volver a usar el lanzador eléctrico en la ciudad, deberán vigilar que se haga en la práctica un uso correcto del mismo, es decir que se cumpla el protocolo expedido para su manejo y que los miembros de la Policía que lo manipulen acrediten su idoneidad”, ordena el despacho judicial.

A raíz de esta determinación, ayer el Esmad ya no uso esta arma no letal en los enfrentamientos que se registraron en inmediaciones del parque Benito Juárez luego que algunos manifestantes intentaran quemar un CAI.

Esta decisión judicial puede ser adoptada en otras ciudades colombianas donde también se ha denunciado el uso desmedido de esta arma no letal, con el fin de garantizar la vida de las personas que participan en las marchas que aún se adelantan en el marco del paro nacional.

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