Consejo de Estado le pone freno a la ‘parahotelería’
Por decisión del Consejo de Estado, quienes pretendan ofrecer servicios turísticos mediante el alquiler de predios sujetos al régimen de propiedad horizontal deberán continuar sometidos a que el reglamento del respectivo conjunto residencial o edificio les permita previamente y de manera expresa darle ese tipo de uso al inmueble. El alto tribunal negó una demanda que presentó un ciudadano, contra algunos requisitos que se deben seguir