El gobierno Tete Samper adopta medidas para prohibir la pólvora durante las fiestas de navidad y fin de año

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El alcalde Luis Alberto Tete Samper a través del decreto N°. 340 del 4 de diciembre del 2020, el acto administrativo tiene por objeto prohibir la fabricación, venta, uso, distribución,  manipulación y comercialización de la pólvora y productos pirotécnicos.

Las medidas adoptadas por la administración municipal ´Ciénaga Avanza de la Mano con el Pueblo´ son:

1.    Prohibir la fabricación, venta, manipulación, uso, almacenamiento distribución o comercialización, transporte de pólvora, fósforo blanco, productos pirotécnicos y fuegos artificiales de toda clases (chispitas mariposas, luces de bengala, totes, volcanes, cohetes, globos etc).

2. Prohibir la venta ambulante, estacionaria o informal de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en espacios públicos o sitios que siendo  privados  trasciendan a lo público,  a  menores de edad  y adultos.

En cuanto al comercio legalmente constituido y autorizado para la venta de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, deberán contar con  licencia, permisos y autorizaciones de las autoridades del orden nacional y local,  del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo del Desastre, y la certificación de inspección del  Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Ciénaga.

De igual forma, las personas naturales y/o empresas que cuenten con licencia de funcionamiento, transporte,  y comercialización de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales deben solicitar ante la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana el permiso para la manipulación y utilización en espectáculos públicos y de carácter recreativos-visual.

 

Por otra parte, la pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales incautados por la autoridad competente en los diferentes operativos de control se pondrán a disposición de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana de Ciénaga-Magdalena para ser entregados al cuerpo de Bomberos Voluntarios de Ciénaga para su destrucción.

Es importante aclarar que, los adultos que utilicen, permitan o induzcan a menores de edad a manipular, usar, transportar y comercializar artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, además del decomiso del producto, serán sancionados por la Policía Nacional de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016.

 

Así mismo, las lesiones y quemaduras de niños, niñas y adolescentes ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos y fuegos  artificiales, causados por acción u omisión de sus padres o representantes legales se reportaran a la Comisaria de Familia y/o Defensor de Familia del ICBF quien determinará las medidas de protección a adoptar para los menores afectados de conformidad con lo señalado en la Ley 1098 de 2006, sin perjuicio de las sanciones y medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de 2016 a aplicar por la Policía Nacional al adulto responsable.

Por su parte, la Policía Nacional vigilará el cumplimiento de lo preceptuado en el presente Decreto e impondrán a los infractores las sanciones y medidas correctivas previstas en la ley 1801 de 2016, ley 670 de 2001 y Decreto 4481 de 2006.

 

El alcalde Luis Alberto Tete Samper le hace un llamado a la comunidad en general a compartir las fiestas de navidad y fin de año en familia sin pólvora para evitar quemaduras y sanciones.

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