La Corte Suprema afirma que mostrar las partes íntimas en público no es un delito
La Corte Suprema de Justicia determinó que no toda persona que realice un acto de exhibicionismo será judicializada, ya que debe existir finalidad en el acto sexual para que éste se configure. Es decir, mostrar las partes íntimas en público sin actos obscenos como la masturbación, movimientos de la lengua o comentarios vulgares incluso tocamiento