A partir del 1 de septiembre los aportantes determinados por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP- como omisos, inexactos y morosos, podrán pagar sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales con los beneficios establecidos en el Decreto Legislativo 688 del 22 de mayo de 2020.
“Es de destacar que el Ministerio de Salud y Protección Social, en desarrollo de lo establecido en el Decreto Legislativo 688 del 22 de mayo de 2020, expidió la Resolución 1438 de 2020 por la cual se ajusta la Planilla “O- Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP”, explicó Plinio Alejandro Bernal, director de Aseguramiento en Salud.
Para más detalles, la Resolución 1438 del 24 agosto de 2020 puede ser consultada en la sección de Normatividad, Actos Administrativos, Resoluciones de la página web www.minsalud.gov.co.