‘Salvavidas’ a personas naturales no comerciantes para normalizar sus deudas

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  • Las normas sobre la insolvencia han puesto en igualdad de condiciones a las personas naturales no comerciantes con las personas naturales y jurídicas comerciantes.

El Régimen de insolvencia de persona natural no comerciante comprendido en el Código General del Proceso, ley 1564 de 2012 y reglamentado por el Decreto 2677 de 21 de diciembre de ese mismo año, representa un salvavidas para que las personas naturales no comerciantes normalicen sus pasivos. Así lo manifestó Enna Caballero, directora del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Liborio Mejía, sede Santa Marta.

Explicó que el régimen de insolvencia constituye una esperanza para que muchas personas encuentren una salida a su situación económica, logrando la reestructuración de sus pasivos.

Las normas sobre la insolvencia han puesto en igualdad de condiciones a las personas naturales no comerciantes con las personas naturales y jurídicas comerciantes. En cumplimiento de su objetivo de promover el acceso a la justicia mediante el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos.

El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Liborio Mejía ha adelantado procesos de formación de operadores de insolvencia de persona natural no comerciante y ha brindado orientación a cientos de deudores en la materia.

De esta manera, a través de este Curso de Formación sobre régimen de Insolvencia, sus autores y directivas recopilaron la experiencia adquirida en el trámite de insolvencia y desarrollaron una herramienta teórica-práctica en base a la educación virtual con el apoyo del libro que se incluye con el curso para la implementación y enseñanza práctica de este régimen.

Enna Caballero comenta que el diplomado de formación presenta un análisis de los distintos aspectos de la Ley y de sus reglamentaciones, desde los supuestos de insolvencia.

El mismo facilita la documentación necesaria, el procedimiento, el régimen de tarifas y las facultades de los operadores o conciliadores, y los otros actores del trámite implementando una innovadora y moderna metodología de enseñanza totalmente virtual a la cual se puede acceder desde la comodidad del hogar u oficina autónomamente invirtiendo las horas diarias disponibles y libres hasta culminar el contenido teórico-práctico del curso obteniendo el aval del Ministerio de Justicia y del Derecho para abogados titulados y el certificado expedido por la Fundación Liborio Mejía para todos los participantes.

Para mayor información pueden dirigirse a las oficinas del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Liborio Mejía, sede Santa Marta en la calle 24 No. 3-95 Oficina 1306 Edificio Banco de Bogotá o al teléfono 4317782

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