Los días 15 y 30 de cada mes no circularán motos en Santa Marta

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  • La medida empieza a regir a partir del próximo 30 de julio.

La Alcaldía de Santa Marta expidió el decreto 258 del 17 de julio de 2019 por medio del cual se toman medidas de restricción y circulación de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos los días 15 y 30 de cada mes.

El decreto que lleva la firma de Martha Isabel Castañeda Curvelo, en calidad de Secretaria delegada con funciones de Alcaldesa Distrital encargada y de Claudia Patricia García Burgos, en calidad de Secretaria de Movilidad, tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

Se exceptúan de la restricción los vehículos de organismos de seguridad del Estado, que pertenezcan y hagan parte de las Fuerzas Armadas de Colombia, Policía Nacional, Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, Inpec, Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional. Así mismo los vehículos de entidades oficiales, Gobernación del Magdalena, Alcaldía de Santa Marta en el ejercicio de sus funciones siempre y cuando porten el respectivo chaleco y carnet que lo acredite como personal adscrito a dicha entidad, autoridades de tránsito.

Vale la pena indicar que los empleados que se movilizan en motocicleta y que laboran en empresas de vigilancia, departamentos de seguridad, vigilancia privada, empresas operadoras de servicios públicos domiciliarios, servicios de mensajería certificada, tampoco les rige el decreto.

Respecto a las sanciones por incumplimiento, el artículo 5 del Decreto 258 establece: ‘‘El conductor y/o acompañante que infrinja lo preceptuado en el presente decreto incurrirá en las sanciones pecuniarias y de inmovilización del vehículo en los casos a que haya lugar de conformidad con lo establecido en la Ley Colombiana y la Resolución No. 3027 del 26 de julio de 2010’’.

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