Rugeles seguirá por mucho tiempo al frente de la Alcaldía de Santa Marta

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  • Juristas sostienen que el Tribunal Administrativo del Magdalena hizo una ‘jugada magistral’ al exhortar al Presidente de la República para que dirima el caso del encargo en la Alcaldía de Santa Marta.

En una ‘salida magistral’, como para eximirse de responsabilidades, el Tribunal Administrativo del Magdalena, en fallo de primera instancia, con ponencia de la magistrada María Victoria Quiñones Triana, negó en todas sus partes la tutela interpuesta por el senador Antonio Sanguino Páez y trasladó a la Presidencia de la República la responsabilidad de dirimir el caso del encargo en la Alcaldía de Santa Marta.

En la tutela se demandó en Decreto No. 570 del 1 de abril de 2019, mediante el cual el presidente de la República Iván Duque Márquez, encargó de la Alcaldía de Santa Marta a Andrés Rugeles Pineda, quien hasta la fecha se venía desempeñando en la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, en reemplazo de Rafael Martínez a quien el Juzgado Octavo penal Municipal el 21 de marzo le dicto medida de aseguramiento con detención preventiva en su casa.

Igualmente, se solicita al Tribunal que ordene al Jefe de Estado designar como alcalde encargado para Santa Marta a algunos de los ternado por el Movimiento Fuerza Ciudadana, la cual le fue enviada en 22 de marzo de 2019.

En el listado de los ternados aparecen los nombres de actual gerente del Sistema Estratégico de Transporte Público, Setp, Luis Guillermo Rubio; la exsecretaria de Educación y Promoción Social, Ingris Padilla y el exdirector jurídico del Distrito, Adolfo Torné.

El Tribunal Administrativo del Magdalena luego de analizar la tutela y hacer sus consideraciones determinó: negar todas las pretensiones interpuesta por Sanguino Páez, y en lo que se considera una jugada magistral le tiró la ‘pelotica’ al Gobierno Nacional donde exhorta al presidente Duque para que dé cumplimiento a la obligación legalmente establecida, es decir, nombrar alcalde encargado de la terna enviada por el Movimiento Fuerza Ciudadana.

Esta petición fue hecha teniendo en cuenta que el Artículo 32 de la Ley 1617 de 2013, advierte que el Presidente de la República será al autoridad competente para hacer efectivo la suspensión o destitución, designar su reemplazo y designar al alcalde encargado en un término no mayor de 30 días en caso de vacancia temporal.

Finalmente, el fallo del Tribunal dado a conocer u oficializado la noche del miércoles advierte que en caso de no ser apelada la presente decisión, se orden su archivo.

De acuerdo con el concepto expresado por varios juristas en la ciudad, no creen que esa exhortación modifique en nada la posición de presidente Iván Duque y la vicepresidente Marta Lucía Ramírez con respecto al encargo de Rugeles en Santa Marta.

 

 

 

 

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