La Procuraduría afirma que transexuales pueden prestar servicio militar

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  • La decisión proviene de una demanda que busca aplicar el artículo 11 de la ley 1861 de 2017 que somete a todo “varón” mayor de edad a definir su situación militar.

Según Caracol Radio, la demanda que aún no se sabe quien la interpuso, solicita protocolos especiales para los hombres transgénero que deseen prestar el servicio militar, porque con la palabra “varón” se estaría excluyendo a esta comunidad.

La Corte Constitucional esta en disposición de dar un fallo en los próximos días, por lo que la Procuraduría le pidió no pronunciarse y considerar que el término no es excluyente.

“La Corte se ha alejado de la interpretación estrictamente biológica de los vocablos mujer y hombre, de manera que en los mismos se debe incluir toda persona cuyo documento de identificación revele como el sexo femenino o el masculino, respectivamente, independientemente de la identidad cisgénero o transgénero que de manera autónoma cada quién elija”, mencionó la Procuraduría, según el medio.

El artículo 12 de la ley 1861 de 2017 libera a “los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil” de prestar el servicio militar. Sin embargo, los que quieran podrían realizar la labor militar.

 

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