No contentos con los carteles de la ‘Toga’ y el ‘Sida’, ahora en Colombia se investigan los del ‘Cloro’ y la ‘Soda Cáustica’

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  • La Superintendencia de Industria y Comercio se encuentra al frente de las investigaciones.

Dos nuevos carteles empresariales habrían nacido en Colombia: el del cloro y el de la soda cáustica. La Superintendencia de Industria y Comercio abrió investigación y formuló pliego de cargos contra cuatro grandes empresas de la industria química de Colombia por su presunta participación en la ejecución de dos acuerdos anticompetitivos relacionados con el mercado del cloro y el mercado de la importación, distribución y comercialización de la soda cáustica, informa Portafolio.

Mercado del cloro

En el acuerdo relacionado con el mercado del cloro habrían participado Brinsa S.A. y Quimpac de Colombia S.A., únicas compañías productoras de cloro en el país.

Cada una de estas compañías cuenta con plantas ubicadas en Palmira (Valle del Cauca) y Cajicá (Cundinamarca).

Estas dos plantas abastecen la totalidad del mercado nacional de cloro líquido, ácido clorhídrico y mayoritariamente el mercado de hipoclorito de sodio.

El acuerdo en el que habrían participado Brinsa y Quimpac en el mercado del cloro tendría dos partes.

La primera parte del acuerdo consistía en que las compañías habrían acordado la repartición de sus clientes directos, principalmente los operadores de acueductos de distintos municipios del país.

Para lograr ese propósito, las empresas concertaban previamente cuál de ellas tendría a su cargo atender un cliente determinado.

Con el fin de materializar la repartición, en el marco de los procesos de contratación que organizaban los compradores del producto, la empresa favorecida con la asignación del cliente presentaba una oferta determinada, normalmente cercana al tope máximo que el cliente estaba dispuesto a pagar en cada negociación.

La otra empresa, para garantizar que la primera ganara, presentaba una oferta incluso mayor, llegando en ocasiones a superar el presupuesto oficial previsto por el cliente.

En ese sentido, la dinámica descrita ocasionaba que los clientes que requerían este producto pagaran un precio más elevado que aquel que podían pagar en el mercado si estas empresas ofrecieran precios resultantes de un escenario de libre competencia.

Sobre esta base, la SIC encontró que con este comportamiento los agentes de mercado involucrados habrían infringido el régimen de protección de la libre competencia económica.

La segunda parte del acuerdo consistía en que estas empresas habrían acordado lo siguiente abstenerse de competir por los distribuidores de los productos, comprometiéndose a no ofrecerlos a los distribuidores que tuvieran relación con la otra empresa integrante del acuerdo.

Así mismo, habrían fijado el precio al que los distribuidores de cada empresa podrían ofrecer los productos. Este comportamiento, habría ocasionado que los clientes que requerían estos productos a través de los distribuidores de las empresas cartelistas, pagaran un precio más elevado que aquel que podían pagar en el mercado si estas empresas ofrecieran precios en competencia.

Soda cáustica

Por su parte, en el acuerdo relacionado con el mercado de la importación, distribución y comercialización de soda cáustica habrían participado Brinsa S.A., Quimpac, así como Mexichem y Trinchem S.A.S.

El acuerdo ejecutado por estas compañías habría estado orientado a reducir las presiones derivadas de la rivalidad en el mercado mediante la eliminación de competidores a efectos de mejorar los márgenes de las empresas investigadas. El acuerdo habría consistido en que Mexichem dejaría de importar y comercializar soda cáustica en el mercado colombiano.

Mientras que Brinsa y Trichem se repartirían los clientes que antes atendía Mexichem.

Para efectos de la importación de la soda cáustica y su posterior comercialización en el mercado colombiano, Brinsa y Trichem utilizarían la infraestructura de Mexichem y de Quimpac a través del arriendo de sus tanques de almacenamiento de soda e instalaciones conexas.

El acuerdo descrito habría constituido un sistema tendiente a limitar la libre competencia económica. Sacado de Portafolio.

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